BUENOS AIRES.- El fallo que emitió el juez Thomas Griesa, en la medianoche del Día de Acción de Gracias, dejó a la Argentina en las puertas de otro default.

La resolución judicial no sólo es una victoria para los holdouts sino que es un castigo para la clase política argentina que no termina de entender que en el mundo existen normas que deben cumplirse y que resulta muy gravoso, violarlas.

Los 10 años que duró el proceso mostraron siempre a la Argentina negándose a sentarse a la mesa con los holdouts y manifestando siempre su voluntad de no pagar a aquellos que no ingresaron en el canje. Esta manifestación de rechazo fue tomada por Griesa como un agravante y lo dejó explícito tanto en las audiencias de parte como en la resolución judicial.

"Sin embargo -dijo Griesa- han ocurrido circunstancias extraordinarias que claramente requiere acción judicial... Los mas altos funcionarios han dicho que no se pagarán los bonos de los demandantes... Argentina ha recibido un tratamiento justo durante 10 años en los cuales ha prevalecido. La Corte urge a Argentina a discontinuar las amenazas enfermizas desafiantes de las sentencias y que dicha postura desafiante no solo sería ilegal sino que representaría el peor tipo de irresponsabilidad en su relación con el poder judicial". Esta inconducta procesal ha generado en el tribunal malestar y a la vez hartazgo, luego de 10 años de litigios y ha quedado expresada en el fallo.

Aún así, los próximos días traerán más novedades, toda vez que la sentencia aun no está firme ya que la Argentina llevará la causa hasta la instancia de la Corte Suprema de Justicia.

De todas formas, el fallo sienta un precedente para todos aquellos países que entran a una reestructuración de deuda con la pretensión de pagar lo que consideren unilateralmente y no atender los derechos de los acreedores, en especial, cuando el deudor no colabore con un eventual proceso judicial.

El ministro de Economía, Hernán Lorenzino, intentó vanamente escudarse en un supuesto perjuicio que se produciría en la plaza financiera de Nueva York, con el fallo de Griesa y ahora pone todas las fichas a torcer la causa en la Cámara de Apelaciones o en la Corte Suprema de Justicia. La apelación al tribunal de alzada que se hará el lunes, suspende por ahora, los efectos del fallo de Griesa hasta tanto se expida ese tribunal.

El ministro eludió en todo momento trazar un curso de acción para los bonistas que entraron en el canje, en caso que la cámara confirme el fallo de Griesa. Pero la resolución del magistrado es clara y obliga a depositar los pagos en una cuenta de garantía hasta tanto las partes calculen los intereses devengados.

El default llamado técnico se produce cuando un emisor no cumple con algunas de las cláusulas o condiciones contenidas en el prospecto de la oferta. No entra en juego si va a continuar con los pagos en un futuro, sino que se valora el cumplimiento integral de la obligación. Como no se alcanzó ese objetivo, el incumplimiento de alguna cláusula, habilita al tenedor del bono a exigir un resarcimiento.

Este perjuicio está incluso contemplado en la denominada Ley Cerrojo del canje de deuda, ya que contiene una cláusula llamada del " Acreedor más Favorecido", que puede impactar en una aplicación de mayores pagos a favor de los bonistas que entraron al canje.

Muchos de estos tenedores de títulos ya iniciaron consultas con abogados para que, en caso que no se cumpla con el pago en tiempo y forma, se puedan iniciar acciones legales contra el país. De la misma manera, podrían actuar si la Argentina cumple eventualmente con el fallo del juez Griesa antes del 15 de diciembre.

Hay un dato que parece pasar inadvertido y es que cuanto más tiempo pase, los intereses serán mayores, al igual que las costas judiciales y los honorarios de los letrados. Una cifra multimillonaria.

De resultas, este galimatías judicial coloca al país al filo de la navaja, en una situación muy delicada. El default "técnico", completo o selectivo tampoco es gratuito. Este status quo implica un encarecimiento del crédito para el sector público y para las empresas, a partir de la penalización del crédito, vía el denominado riesgo-país o el costo de un seguro por default.

Los tiempos procesales juegan en contra también porque se avecinan los pagos de servicios e intereses de la deuda, en medio de los interdictos judiciales.